Day Campa
MATRIMONIO TIPOS CAPITULACIONES
Todos pensamos en casarnos algún día, llegar al altar, formar una familia, ser felices con quien amamos, pero bien lo dicen los abuelos “ni todo el amor, ni todo el dinero” y están en lo correcto, ya que, si bien sabemos que el matrimonio como tal es una institución, un contrato de voluntades, libre y sin vicios de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Y al decidir llevar a cabo este contrato, debemos saber que, así como en un arrendamiento o venta son contratos diferentes, en el matrimonio también los existen.
RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL:
Nace al celebrarse el matrimonio o durante él. Puede comprender no sólo los bienes de que sean dueños los esposos al formarla, sino también los bienes futuros que adquieran los consortes
SEPARACIÓN DE BIENES:
Los cónyuges conservarán la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenecen y, por consiguiente, todos los frutos y accesiones de dichos bienes no serán comunes, sino del dominio exclusivo del dueño de ellos.
Las capitulaciones matrimoniales se rigen en la constitución de la sociedad conyugal, constan en escritura pública cuando los esposos pacten hacerse copartícipes o transferirse la propiedad de bienes que ameriten tal requisito para que la traslación sea válida. No es otra cosa más que un acuerdo donde ambas partes designan que bienes de los que sean dueños ya sea en igualdad o por individual entrarán en el régimen de sociedad conyugal y cuales bienes quedarán excluidos, no olvidemos que todos aquellos bienes que sean resultado de una adherencia no entrarán en este régimen.
Escrito por Dayan Osiris Campa Chávez
